Esta nueva determinación parece beneficiar a los inmigrantes de mayor estatus económico, capaces de financiar su vida dentro de los Estados Unidos como cualquier ciudadano norteamericano. Por otro lado, pone en desventaja a los inmigrantes que deben apostar a los cupones, viviendas subsidiadas e ingresos suplementarios del seguro social.
La aplicación de esta determinación se hace evidente al momento de conceder o denegar las residencias permanentes, pues el gobierno estadounidense ha calculado que de 544.000 personas que solicitan anualmente la residencia legal en los Estados Unidos, al menos 382.000 pertenecen a categorías que deben ser sometidas a una segunda revisión para la evaluación pertinente al momento de otorgar la residencia. Esto se traduce en que los EE.UU podrá denegar la residencia permanente a todos los inmigrantes de bajos recursos que pretendan hacer uso de los beneficios sociales del estado para sobrevivir durante su permanencia en el país.
Según la sección 212 (a) (4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad una persona que aspira a una residencia en estados unidos será inadmisible si “al solicitar la admisión o el ajuste de estatus tiene una alta probabilidad de convertirse en una carga pública en cualquier momento”.
¿Quiénes están exentos de la ley de carga pública?
Si bien es cierto que esta ley parece amenazar las aspiraciones de todos los inmigrantes en general, también es cierto que existen algunas excepciones al momento de aplicar este nuevo filtro para conceder una residencia o una naturalización de estatus migratorios, las excepciones son:
- Mujeres embarazadas que reciben apoyo de Medicaid (durante el embarazo y en los siguientes 60 días posteriores al nacimiento del bebé)
- Refugiados
- Aspirantes a un asilo político
- Refugiados y asilados aspirantes a un ajuste de estatus a residencia permanente
- Personas protegidas por la Ley de Ajuste de Estatus para Cubanos (CAA)
- Personas protegidas por la Ley de Ajuste de Estatus para Nicaragüenses y Ayuda para Centroamérica (NACARA)
- Personas amparadas bajo la Ley de Equidad para Refugiados Haitianos (HRIFA)
- Aspirantes a una visa tipo T
- Aspirantes a una visa tipo U
- Personas que cuenten con una visa T y aspiran a una residencia permanente
- Personas que cuenten con una visa U y aspiran a una residencia permanente
- Aspirantes a un estatus de protección temporal (TPS)
Estos casos son absolutamente excepcionales y si es tu caso, puedes contar con que la ley de carga pública no te afectará directamente, sin embargo, debes estar atento a todas las actualizaciones de esta determinación que aún se está puliendo.