Cualquier ciudadano argentino que desee ingresar a los Estados Unidos de forma temporal, ya sea por negocios o turismo, deberá contar con un visado de no inmigrante que le permita movilizarse por el país norteamericano sin problemas.
Recuerda que para la aprobación del visado es necesario demostrar ante el oficial consular que no deseas establecerte en el país que visitas, dicho lo anterior es conveniente que demuestres los suficientes lazos familiares, económicos y laborales con tu país de origen; esto con el fin de señalar que piensas volver del viaje.
A continuación, te dejamos con los requisitos que debes cumplir y el proceso que debes seguir para solicitar tu Visa de corta permanencia “no inmigrante”.
- Lo primero que debes hacer, es diligenciar en su totalidad el formulario DS-160 que se encuentra en la página web de la embajada de Estados Unidos en Argentina.
- Imprimir el comprobante con el respectivo código de barras.
- Ingresar al servicio de información de visas (registrarse previamente con su respectivo correo electrónico), seleccionar el tipo de visa y la oficina DHL para el envío del pasaporte, realizar el pago respectivo a la solicitud y programar las citas.
- Tener pasaporte en buen estado y con vigencia de al menos 6 meses.
Recuerda que, si se tramita la visa por primera vez, se deben programar dos citas (una en el centro de atención al solicitante y otra en la oficina consular).
Dispondrás de un plazo máximo de 30 días para retirar tu pasaporte en la oficina DHL seleccionada, de lo contrario este será devuelto a la oficina consular y será retenido por 6 meses, pasado dicho plazo se cancelará la visa y se enviará el pasaporte al respectivo RENAPER.
Algunos documentos como la carta de invitación, o el itinerario planeado del viaje pueden ser de ayuda al momento de demostrar los motivos del viaje.
Si el viaje es por negocios, deberás presentar en la entrevista la carta de la empresa, avalando el viaje junto con las fechas establecidas.
Para terminar, no olvides que este tipo de visado es válido por estadías máximas de 90 días continuos y tránsito, si el viaje es por motivos distintos a turismo, paso o negocios, deberás realizar el trámite de visado correspondiente a este.