Embajada de España-Requisitos para Visa

Información: requisitos para visa a España

Los extranjeros que se propongan entrar en territorio español deberán ir provistos del correspondiente visado de tránsito o estancia si por razón de su nacionalidad están sometidos a dicho requisito.

Las listas actualizadas figuran como Anexo I

Para ciertas nacionalidades es necesario un visado de tránsito aeroportuario cuando pretendan atravesar la zona internacional de un aeropuerto español.

Dicho visado se exige a los nacionales de los países que figuran en el Anexo II.

Descargar Impreso de Solicitud de Visado Schengen (español, PDF, 38 Kb)

Visa de España – Duración Larga

Todos los extranjeros que no posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, si desean permanecer en España más de noventa días por semestre es necesario que tramiten, en todo caso, un visado de larga duración que podrá ser:

  • Visado de residencia: habilita para residir en España sin ejercer actividad laboral o profesional.
  • Visado de trabajo y residencia: habilita para ejercer una actividad laboral o profesional, por cuenta ajena o propia.
  • Visado de estudios: habilita a permanecer en España para le realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación.

Si se trata del cónyuge, ascendiente o descendiente de un ciudadano de la Unión Europea, de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, solamente deberá tramitar un visado de estancia si desea residir en España y está sometido a dicho requisito. En caso contrario no precisará ningún tipo de visado para residir en España.

Consulado Español

El visado se solicitará y expedirá en las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas.

Si se trata de visados de tránsito o estancia y no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, podrán solicitarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.

La lista de representación figura en el Anexo III.pdf

Para conocer los datos de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España en el extranjero, puede seleccionar aquí

Embajada de España

La solicitud de visado y su recogida debe realizarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular en cuya demarcación resida el extranjero.

Se admite la posibilidad de realizarlo mediante representante debidamente autorizado cuando se trata de visados de tránsito, estancia o residencia por reagrupación familiar de menores.

En el momento de realizar la solicitud de visado debe abonarse la tasa establecida (60 € con carácter general) sin que esté prevista su devolución en caso de resultar denegada la solicitud.

En ciertos supuestos, que deberán consultarse en las Oficinas del Consulado de España, está previsto en la normativa vigente que el importe de la tasa pueda reducirse e incluso ser objeto de exención.

El resto de requisitos necesarios deberán consultarse en la Misión Diplomática Oficina Consular o Embajada de España donde se solicite el visado ya que varían según el tipo de visado y el país de origen del solicitante.

Expedición del visado para España

En el plazo de un meses desde la notificación de la concesión, el extranjero deberá recoger el visado. Si el visado de España expedido es de residencia, de trabajo y residencia o de estudios, su titular deberá obtener una tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes desde su entrada en España.

Denegación y recursos de Visa de España

Las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares cuando resuelvan denegar un visado deben notificarlo siempre al interesado no estando obligadas a motivar dicha denegación, salvo si se trata de visados de residencia para reagrupación familiar o para trabajo por cuenta ajena.

Los recursos que pueden interponerse contra la denegación de un visado son el recurso de reposición, ante la propia Misión Diplomática, Oficina Consular o Embajada Española en el plazo de un mes, y el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses.

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145 comentarios en «Embajada de España-Requisitos para Visa»

  1. Saludos, soy peruana y convivo con mi pareja 2 años en Perù. Estamos planeando con mi pareja (el es español) viajar en diciembre a canarias, yo tengo una hija de otro compromiso y desearia saber los requisitos que necesitamos ya que solo vamos por vacaciones. Antemano agradeceremos su respuesta

    1. Saludos Raquel, te comento que tu pareja puede hacerles una carta de invitación revisa el siguiente link https://segurodeviajeaeuropa.com/index.php/que-son-las-cartas-de-invitacion-a-la-hora-de-obtener-visa/
      y los requisitos mas comunes son:
      – En la página del Ministerio del Interior https://www.mir.es se encuentran los requisitos legales, oficialmente previstos para entrar a España como turista.

      – También queremos comentar en este apartado, situaciones que se dan en el día a día, sobre la base de la experiencia práctica, de compatriotas que ingresaron en los últimos meses, si se cumplen estos apartados no pueden negarte el ingreso a España:

      – Especificar el motivo de su solicitud de entrada para estancia en España (podrán exigir documentación que lo justifique). Por ejemplo, estar inscripto en un congreso, tener un viaje organizado, visitar un pariente (se tendrá que demostrar el parentesco Y LA CARTA DE INVITACIÓN CON REGISTRO NOTARIAL DE ESPAÑA) etc.

      – Justificación de hospedaje. Solo se demuestra con una reserva de hotel por el tiempo de estadía hasta la fecha del billete de regreso, con número de tarjeta de crédito, es decir que el hotel puede cobrar la estancia mínima si la reserva no se utiliza.

      – Confirmación de la reserva de un viaje organizado. Recibo del pago de la agencia de viajes o reserva con tarjeta de crédito (ídem hotel).

      – Billete de vuelta o de circuito turístico (ídem hotel, reserva confirmada).

      – Invitación de un particular. En caso de no contar con reserva de hotel o de viaje organizado, deberán exhibir el DOCUMENTO ORIGINAL realizado ante NOTARIO (escribano público español) de una carta de invitación realizada por un español o residente LEGAL para alojarlos en su vivienda. Pueden reclamar que esta persona demuestre que tiene ingresos económicos y vivienda a su nombre (alquiler o escritura), es decir que conviene acompañar la invitación con fotocopia de estos documentos y de la declaración de rentas o de recibo de sueldo (Nómina).

      – Tenencia de recursos económicos: 50 euros por día de estancia y por persona, (que son tres meses de máximo lo que permite la ley) en efectivo, no valen tarjetas de crédito, pero sí Cheques de Viajero o efectivo.

      – Seguro médico de asistencia en viaje.
      Gracias pro enviarnos tu pregunta
      Si viajas no olvides usar nuestro seguro para viaje
      Espero haberla ayudado.

  2. Hola, Soy de República Dominicana, me gustaría viajar hacia Suiza, ¿que tengo que hacer? y ¿que papeles debo de llevar para poder conseguir la visa?

    1. Debido a que Suiza forma parte del Tratado de Schengen desde diciembre del 2008, el Visado con su mismo nombre, también es válido para este país, así como también los requisitos para viajar a Suiza son los mismos que los requisitos exigidos por el resto de los países miembros del Acuerdo.
      Con la Visa Schengen, el viajero podrá transitar libremente por zona Schengen, sin trámites adicionales.
      Los países que forman parte del acuerdo de Schengen son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.

      Requisitos para viajar a Suiza:

      Solicitud otorgada por la Embajada debidamente cumplimentada.
      Pasaporte válido (con una validez que supere los tres meses después de la fecha de finalización del viaje).
      Visa Schengen correspondiente al motivo del viaje (corta estadía, transito o entradas múltiples).
      Copia del itinerario con la confirmación de la reserva de Hotel.
      Pasaje aéreo de ida y vuelta.
      Acreditar solvencia económica, por medio de: extractos bancarios, certificado de ingresos o una carta de invitación y una declaración de patrocinio del anfitrión del país perteneciente al acuerdo de Schengen (para aquellos que viajen con motivo de visita a familiares o amigos).
      Para viajes de negocios, la presentación de una carta de la empresa, indicando los motivos del viaje.
      Seguro de viaje obligatorio, que tenga la siguiente cobertura: Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros, Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros, Repatriación cobertura mínima de 30,000 euros, Devolución de gastos no puede ser a reembolso, El seguro de viaje no puede tener un deducible, La compañía aseguradora deberá tener un representante o sucursal en Europa y que la vigencia del seguro sea igual al tiempo de duración del viaje en espacio Schengen.

      Para mayor información sobre los requisitos para viajar a Suiza y los costos, consulte con el Consulado o Embajada de Suiza más cercano a su domicilio en su país de residencia.
      Visite http://www.seguroparaviaje.com y contrate su seguro de viaje obligatorio para ingresar a espacio Schengen, con cotizaciones on-line y todos los medios de pago.
      Además por haber comentado en este espacio le otorgamos el siguiente códico de descuento del 30% RED3XX7 que lo deberá colocar al cotizar su seguro.
      Espero haberla ayudado.
      Saludos

      1. Muy buenos días, soy ecuatoriana y mi novio es español. Deseamos casarnos, para ésto, él planea enviarme un poder matrimonial a fin de gestionar nuestro casamiento aquí en Ecuador. Por favor, indíqueme qué debo hacer cuando me llegue ese poder?, qué visa debo solicitar? qué tiempo podría demorar el trámite y qué tan factible es que me aprueben la visa, estando ya casada con mi novio? Estoy completamente desorientada.
        GRACIAS ANTICIPADAS POR SU VALIOSA AYUDA.

  3. Hola buenas noches quisiera que me ayudaran mi novia vive en Espana y yo vivo en Colombia ella es nacionalizada Espanola, pues yo quisiera casarme con ella, pero que seria mejor, que ella viniera a casarce con migo o yo ir alla, que me conviene mas y que debo hacer en estos dos casos? de ante mano muchas gracias.

    1. Saludos Mario,
      por obvias razones te conviene más casarte allá incluso para que obtengas
      la visa española sin hacer muchos trámites
      y puedes cambiar tu visa de visita o turista por una permanente.

  4. HOLA BUENAS TARDES AYÚDENME POR FAVOR CON LOS REQUISITOS QUE NECESITO PARA IR A ESPAÑA TENGO AMI FAMILIA QUE TIENE LA DOBLE NACIONALIDAD ME PODRÁN AYUDAR ELLOS O HABRÁ POSIBILIDAD EN LA QUE PUEDA SACAR LA VISA PARA VIAJAR A ESPAÑA

    1. Saludos Katherine

      Visados para España
      Si planeas estudiar español en España, ten en cuenta que podrías necesitar una visa y si es así, el trámite puede tomar algún tiempo. Asegúrate de planear con tiempo tu viaje y reunir todos los documentos necesarios para aplicar para la visa para España.

      Un factor muy importante es la nacionalidad del solicitante. Existen acuerdos especiales con muchos países que permite a los ciudadanos la entrada a España sin necesidad de una visa.

      Lógicamente los ciudadanos de la Unión Europea no necesitan visa para España. Para información más detallada acerca de los posibles requerimientos al tramitar un visado, contacta la embajada o consulado de tu país.

      Tampoco necesitan visa para España los ciudadanos de los siguientes países si planean una estancia menor a 90 días: Albania, Andorra, Macedonia, Antigua Y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Bosnia Y Herzegovina, Brasil, Brunéi, Canadá, Corea Del Sur, Costa Rica, Croacia, Chile, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Montenegro, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, San Cristóbal Y Nieves, San Marino, Santa Sede, Serbia, Seychelles, Singapur, Uruguay, Venezuela.
      Requisitos generales para viajar a España

      Las personas que no necesitan visado por un período menor a los 90 días, requieren de cualquier manera tener consigo una serie de documentos con respecto a su estadía, estado económico y seguridad médica. La documentación para presentar en las migraciones es la siguiente:

      Reserva de hotel o carta de invitación: de quedarse un hotel, la reserva le será pedida; de hospedarse en la casa de un familiar o un conocido, se deberá presentar una carta de invitación
      Billete de avión de regreso al país de residencia: el período máximo de estadía es de 90 días, con lo que el billete de regreso no debe superar ese número de días
      No reingresar: No haber permanecido en uno o varios países del Acuerdo Schengen por más de dos periodos de 90 días en los últimos 365 días (un año)
      Pasaporte vigente: con validez de hasta un año o más al momento de llegar a España
      Solvencia económica: se debe acreditar €60 por persona por día (el monto varía según el país)
      Seguro médico: vigente por toda la estadía en el espacio Schengen.

      Para más información sobre el seguro médico y sus características especiales para entrar al espacio Schengen, visita nuestra página de viajes a Malta.
      Si necesitas una visa para España

      De necesitar una visa para España, existen dos tipos:

      Visa para España de corta duración o Schengen: Estos visados habilitan para el tránsito o para una estancia en el territorio de España y en el del resto de los Estados Schengen cuya duración no sea superior a los 90 días en un periodo de 180 días desde la primera fecha de entrada en el Espacio Schengen.

      La solicitud de visado de corta duración debe presentarse mediante un formulario de solicitud debidamente cumplimentado en original y copia. El mismo puede descargarse gratuitamente de la página web oficial del consulado español. Es importante tener en cuenta que el visado se debe solicitar personalmente. En caso de que no exista una Misión Diplomática u Oficina Consular Española en un país determinado, podrá solicitarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.

      En el momento de presentar la solicitud para una visa para España deberá abonarse la tasa establecida (60 € con carácter general). El resto de requisitos necesarios deberán consultarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular donde se solicite el visado ya que pueden variar según el motivo del viaje y el país de origen del solicitante.

      Visa para España “nacional”: Estos visados habilitan a residir, trabajar, estudiar o investigar en España por un período mayor a 90 días. Todos los extranjeros que deseen entrar en España necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.

      La solicitud de visado nacional debe presentarse mediante un formulario de solicitud debidamente cumplimentado en original y copia. El mismo puede descargarse de la página web oficial del consulado español. El visado se debe solicitar personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante.

      En el momento de presentar la solicitud de visado deberá abonarse la tasa establecida (60€ con carácter general). El resto de los requisitos necesarios deberán consultarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular donde se solicite la visa para España ya que pueden variar según el tipo de visado solicitado y el país de origen del solicitante.
      Donde solicitar la visa para España
      País Dirección Teléfono Email
      Argentina Av. del Libertador 2075 Buenos Aires (011) 4802.6031 / +54.11.4802.6031 emb.buenosaires@maec.es
      Chile Av. Andres Bello, 1895, Providencia, Santiago de Chile (02) 235.2754 / +56.2.235.2754 emb.santiagodechile@mae.es
      Colombia Calle 92, n° 12-68, Bogotá (01) 622.0090 / +57.1.622.0090 embespco@correo.mae.es
      Venezuela Av. Mohedano, entre la 1.ª y 2.ª transversal, La Castellana – Caracas (0212) 263.2855 / +58.212.263.2855 emb.caracas@mae.es
      México Galileo 114 (esq. Horacio), Colonia Polanco, Ciudad de México D.F. (055) 5282.2271 /+52.55.5282.2271 embespmx@correo.mae.es
      Más información sobre la visa para España

      Si buscas más informaciónacerca de cómo tramitar una visa para España o como extender tu estancia, cómo obtener una visa de estudiante o qué hacer si extravías algún documento de viaje, puedes contactar con la embajada española o consulado en tu país.

  5. Buen día…mi hijo tiene billete de avión para viajar a Madrid por intercambio universitario, dentro de 6 días y ha perdido el pasaporte y VISA española que recién le han autorizado. Qué se puede hacer? Tendrá tiempo de gestionar renovación de pasaporte y VISA? gracias!

    1. Saludos Dora, lo único que se puede hacer es una denuncia por pasaporte y visa perdida y luego gestionar la renovación en recomendación acérquese de inmediato a la embajada y converse del tema ya que perder esos documentos es algo muy delicado.

  6. me gustaria saber como puedo obtener nuevamente la visa para ir a ver a mi madre vive en españa antes me dieron la visa de trabajo y residencia y aun esta en el pasaporte pero en el 2015 se caduca mi pasaporte y quisiera saber si puedo sacar o los requisitos que nesecito porfavor muy amable

    1. Saludos, aquí podras obtener al información solicitada espero habele ayudado.

  7. BUENOS DIAS NECESITO SABER QUE REQUISITOS NECESITO PARA VIAJAR A ESPAÑA A CONTRAER MATRIMONIO CON MI NOVIO, EL ES ECUATORIANO, RESIDENTE ESPAÑOL Y YO SOY ECUATORIANA. MUCHAS GRACIAS.

  8. Hola, Somos Colombianos y vivimos en Guatemala ya tenemos la residencia de aca , en semana santa queremos viajar a Israel, pero llegamos a Madrid, nos quedaremos 11 horas, queremos salir de aeropuerto y conocer algo de esta ciudad, quisiera saber que requisitos debemos llenar para la visa?… Muchas gracias por su informacion…

  9. hola tengo una duda, mi esposo esta en españa y nos casamos aki en ecuador se fue e hizo la reagrupacion para llevarme ya salio y me mando la carta…. hice la cita para ir a la embajada no se si ese dia q me presente tengo q llevar alguna documentacion o me dicen en ese dia lo q tengo q llevar despues x favr ayudeme para no ir despues sin nada y puedan negarme urg gracias

  10. buenas quisiera saber que requisitos se nesecita para vivir en espana con una persona casada peruana pero que reside en espana

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